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Daniel Noboa ajustó esta madrugada el estatuto para Asamblea Constituyente tras observaciones que hizo este martes la Corte Constitucional


La madrugada de este miércoles 24 de septiembre de 2025, el presidente Daniel Noboa remitió un nuevo decreto ejecutivo con modificaciones al estatuto de la propuesta de Asamblea Constituyente. El ajuste llegó pocas horas después de que la Corte Constitucional emitiera un dictamen donde aprobó la pregunta planteada por el mandatario, pero exigió subsanar el estatuto y 13 considerandos del proyecto.

El Decreto Ejecutivo 155, publicado en el registro oficial, incorpora cambios específicos al estatuto de la Constituyente, además de correcciones en los considerandos. Estas observaciones eran una condición indispensable para que el Consejo Nacional Electoral (CNE) pueda continuar con el proceso de consulta popular.

La Corte pidió mayor claridad

La Corte Constitucional advirtió que las reglas iniciales para conformar la Constituyente no eran claras. El estatuto establecía un total de 80 asambleístas, sin detallar cuántos corresponderían a cada provincia.

Tampoco precisaba el método de adjudicación de escaños, lo que, según el tribunal, generaba falta de certeza sobre la composición final del organismo que redactará una nueva Carta Magna.

Dictamen adelantado

El máximo tribunal resolvió el caso este martes 23 de septiembre, en menos tiempo del previsto. La jueza sustanciadora, Alejandra Cárdenas Reyes, notificó a las instituciones involucradas y elaboró el proyecto de sentencia aprobado por unanimidad de los nueve jueces constitucionales.

La decisión de la Corte estableció que la pregunta formulada por Noboa cumple con los requisitos legales, pero ordenó al Ejecutivo corregir el estatuto antes de avanzar.

Planificación de la Constituyente

El Consejo Nacional Electoral había solicitado a la Corte un “dictamen inmediato” para evitar retrasos en el calendario electoral. Noboa, en dos ocasiones anteriores, intentó avanzar sin dictamen del tribunal, pero finalmente debió ajustarse al procedimiento establecido en el artículo 444 de la Constitución.

La Corte recordó que, de instalarse, la Asamblea Constituyente tendrá la potestad exclusiva de redactar un proyecto de nueva Constitución. Este texto deberá ser sometido a referéndum antes de entrar en vigencia.

La pregunta que se consultará a los ecuatorianos es:

“¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una Asamblea Constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el Estatuto Constituyente adjunto, para elaborar una nueva Constitución de la República, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada posteriormente por las y los ecuatorianos en referéndum?”.

Con la entrega del decreto corregido, la Presidencia de Noboa espera que la Corte verifique los cambios y autorice al CNE a dar el siguiente paso: organizar la consulta popular.

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