El presidente Daniel Noboa decretó el feriado no recuperable del 2 de enero de 2026 en Ecuador, este miércoles 17 de diciembre de 2025, para impulsar el turismo interno y dinamizar la economía nacional.
Sector público y privado
A pocas semanas del cierre del año, el Ejecutivo emitió el Decreto Ejecutivo 249, mediante el cual se suspende la jornada laboral del viernes 2 de enero de 2026. La medida rige en todo el territorio nacional y aplica para el sector público y privado, según el documento oficial.
Además, el decreto dispone que el descanso del 2 de enero de 2026 se incorpore al feriado nacional del 1 de enero, por lo tanto, el período de descanso obligatorio se extiende desde el jueves 1 hasta el domingo 4 de enero de 2026. Así, el feriado de Año Nuevo será de cuatro días consecutivos en Ecuador.
El texto oficial señala de forma expresa que la jornada suspendida no será recuperable. En consecuencia, si una persona trabaja durante el feriado del 2 de enero de 2026, esas horas deberán pagarse como extraordinarias, con un recargo del 100 %, conforme al Código de Trabajo.
Motivos del nuevo feriado nacional
Según el decreto, el Gobierno considera necesario ejecutar acciones que fortalezcan el turismo interno. De acuerdo con el presidente Noboa, la ampliación del feriado busca dinamizar la economía local y nacional, mediante un mayor flujo de viajeros dentro del país.
Asimismo, el documento cita estadísticas del Ministerio de Producción, las cuales indican que los feriados generan incrementos sostenidos en el gasto turístico. También se registran aumentos en viajes, ocupación hotelera y encadenamientos productivos locales, por lo tanto, la extensión de los descansos se considera un instrumento efectivo para la economía territorial. En este contexto, el feriado del 2 de enero de 2026 en Ecuador se plantea como una medida de estímulo económico. Además, se enmarca dentro de las estrategias oficiales de reactivación, especialmente en sectores vinculados al turismo y los servicios.
Calendario de feriados por Año Nuevo 2026
El principal cambio se concentra en el inicio de 2026. Inicialmente, el Ministerio de Trabajo había señalado que el viernes 2 de enero sería un descanso recuperable, debido a que no constaba en el calendario oficial de feriados. Sin embargo, con la emisión del Decreto Ejecutivo 249, el Gobierno dispuso que esa jornada no deberá ser compensada. Así, tanto trabajadores públicos como privados gozarán del descanso sin necesidad de recuperar horas ni cargar el día a vacaciones.
Por otro lado, el feriado de Navidad no presenta modificaciones. El ministro de Trabajo, Harold Burbano, confirmó que el descanso se mantiene únicamente el jueves 25 de diciembre de 2025, sin traslados ni puentes vacacionales.
Servicios básicos y vigencia
Durante el feriado del 2 de enero de 2026, el Estado garantizará la continuidad de servicios públicos esenciales. Entre ellos constan agua potable, energía eléctrica, salud, bomberos, transporte y banca. Las instituciones públicas deberán organizar turnos mínimos para atención ciudadana. El decreto entra en vigencia desde su suscripción y su ejecución corresponde a los ministerios competentes, en coordinación con las demás entidades estatales.
