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Devolución de IVA para adultos mayores aumenta en 2026


A partir de enero de 2026, la devolución mensual del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para adultos mayores y personas con discapacidad en Ecuador se incrementará a 144,60 dólares, tras el aumento del Salario Básico Unificado (SBU) a 482 dólares, según lo establecido por el Servicio de Rentas Internas (SRI) y el ajuste salarial acordado.

Cálculo del nuevo monto

El monto máximo de devolución se calcula aplicando la tarifa vigente del IVA (15%) sobre el equivalente a dos salarios básicos unificados. Con el SBU de 482 dólares, dos salarios suman 964 dólares, y el 15% de esa base resulta en 144,60 dólares mensuales.

Hasta diciembre de 2025, con un SBU de 470 dólares, el beneficio mensual máximo era de 141 dólares. Este ajuste se aplica de forma automática, sin necesidad de trámites adicionales para actualizar el cálculo.

Detalles del beneficio

La devolución del IVA permite a las personas de la tercera edad (mayores de 65 años) y a aquellas con discapacidad igual o superior al 30% recuperar el impuesto pagado en compras de bienes y servicios de primera necesidad para uso personal. El beneficio es personal y requiere facturas emitidas a nombre del beneficiario.

Para las personas con discapacidad, el monto se aplica de manera proporcional según el porcentaje calificado por la autoridad sanitaria. Los interesados pueden solicitar la devolución mensualmente a través del portal del SRI, siempre que cumplan los requisitos establecidos.

Impacto del incremento

El aumento de 3,60 dólares mensuales representa un apoyo adicional para estos grupos. Acumulado en el año, equivale a 43,20 dólares extras, que pueden destinarse a cubrir gastos esenciales como alimentos, medicamentos o servicios básicos.

Este cambio deriva directamente del incremento del SBU de 12 dólares, fijado en diciembre de 2025 mediante acuerdo en el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios.

Devolución del IVA 

El beneficio de devolución del IVA para adultos mayores y personas con discapacidad está regulado por la Ley de Régimen Tributario Interno y normativas del SRI. Se mantiene como un mecanismo de alivio económico para sectores vulnerables, ajustándose anualmente según el SBU.

En años anteriores, el monto ha variado con los cambios en el salario mínimo: por ejemplo, en periodos con tarifa de IVA al 12%, el cálculo era inferior. Actualmente, con la tarifa al 15%, el tope mensual refleja la base actualizada.

Los beneficiarios deben registrar sus compras con facturas válidas y solicitar el reintegro en línea o por canales habilitados. El SRI procesa las solicitudes y acredita los valores en cuentas bancarias registradas. Este ajuste entra en vigor automáticamente en enero de 2026. 

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