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TCE inadmite denuncias contra siete ministros de Daniel Noboa


El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) inadmitió siete denuncias presentadas por el asambleísta de la Revolución Ciudadana (RC), Christian Hernández, en contra de ministros del gabinete del presidente Daniel Noboa.

La resolución se conoció este lunes 22 de diciembre de 2025, luego del análisis jurídico de las impugnaciones interpuestas por el legislador correísta contra funcionarios del Ejecutivo nacional.

TCE inadmite denuncias contra ministros del Gobierno

Los magistrados determinaron que las acciones denunciadas se encuadran como posibles contravenciones electorales y no como infracciones electorales, lo que excluye la competencia directa del TCE.

Por esta razón, los jueces concluyeron que el Consejo Nacional Electoral (CNE) es el organismo facultado para conocer estos casos en primera instancia, conforme lo establece la normativa vigente.

Los ministros denunciados por el asambleísta Christian Hernández son Harold Burbano, Roberto Luque, Luis Alberto Jaramillo, Roberto Kury, Zaida Rovira, Inés Manzano y Gian Carlo Loffredo.

Las denuncias se presentaron entre el 9 y 10 de diciembre de 2025 y fueron asignadas a cinco jueces del organismo electoral jurisdiccional para su análisis correspondiente.

Jueces del TCE analizaron los recursos presentados

La presidenta del TCE, Ivonne Coloma, sustanció las denuncias contra Harold Burbano y Zaida Rovira, mientras Ángel Torres conoció las causas relacionadas con Luis Alberto Jaramillo e Inés Manzano.

El juez Guillermo Ortega tramitó la denuncia contra Roberto Kury, Juan Patricio Maldonado analizó el recurso contra Roberto Luque, y el juez Richard González conoció el caso del ministro Gian Carlo Loffredo.

A pesar de la distribución de causas, los cinco magistrados coincidieron en un criterio jurídico uniforme para inadmitir todas las denuncias presentadas por el legislador correísta.

Argumentos jurídicos del Tribunal Contencioso Electoral

En uno de los autos, el TCE señaló: “En consideración del análisis que antecede, se verifica que el peticionario no distingue las diferencias entre contravenciones e infracciones electorales y órgano competente para conocerlas y resolverlas”.

El documento agrega que “la contravención electoral prevista en el artículo 291 del Código de la Democracia no es de competencia del Tribunal Contencioso Electoral por disposición expresa de la ley…”.

En otra resolución, los jueces explicaron que el asambleísta Hernández “pretende que este Tribunal asuma el conocimiento directo de una infracción que, por su naturaleza administrativa inicial, exige una resolución previa por parte del Consejo Nacional Electoral”.

Denuncias se relacionan con el referéndum de noviembre

El legislador de la Revolución Ciudadana acusó a los siete ministros por haber “violado la prohibición de difundir opiniones en todo tipo de medios digitales”.

Según la denuncia, estas publicaciones habrían “inducido a los electores sobre una posición o preferencia electoral, 48 horas antes del día de los comicios y hasta las 17:00 del sufragio”.

Los hechos señalados se enmarcan en el referéndum y consulta popular del 16 de noviembre de 2025, proceso que generó múltiples cuestionamientos políticos y legales tras su desarrollo. (07)

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