El lunes 22 de diciembre de 2025, en Guayaquil, el Tribunal de Garantías Penales del Guayas sentenció a 11 militares a 34 años y ocho meses de prisión por la desaparición forzada de cuatro menores, tras un juicio iniciado por la Fiscalía General del Estado.
Situación jurídica de 17 militares procesados
El tribunal reinstaló la audiencia de juzgamiento de manera virtual y presencial en el Complejo Judicial Albán Borja. La diligencia estuvo dirigida por el juez Jovanny Suárez, junto a las juezas Smirnova Calderón y Kelttya López. La causa analizó la situación jurídica de 17 militares procesados por hechos ocurridos la noche del 8 de diciembre de 2024 en el sur de Guayaquil.
Los magistrados emitieron su resolución luego de 15 sesiones de juicio desarrolladas desde el 5 de noviembre de 2025, durante casi siete semanas. El proceso se sustentó en prueba testimonial, pericial y documental incorporada por la Fiscalía, además de versiones rendidas por cooperadores eficaces.
Las víctimas fueron Josué e Ismael Arroyo, Nehemías Arboleda y Steven Medina, de entre 11 y 15 años de edad. Según la acusación, los menores fueron detenidos por una patrulla de 16 militares de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, trasladados fuera de la zona urbana y abandonados en un sector rural del cantón Naranjal, provincia del Guayas.
Desarrollo del proceso judicial
El tribunal determinó que 11 militares actuaron como autores directos del delito y les impuso una pena de 34 años y ocho meses de privación de libertad. Además, cinco militares recibieron una condena reducida de 30 meses, al ser considerados cooperadores eficaces, mientras que uno fue declarado inocente.
La sentencia incluyó una multa de 800 salarios básicos unificados, equivalente a 376.000, y el pago de 10 mil por procesado a favor de cada víctima o de sus familiares. El tribunal también ordenó una reparación integral, con medidas de satisfacción y garantías de no repetición.
Entre las disposiciones constan disculpas públicas en un medio de comunicación nacional, una ceremonia de desagravio en la Base Aérea de Taura y la colocación de una placa con los nombres de las víctimas. Además, se ordenó la capacitación obligatoria en derechos humanos para personal militar, con al menos 120 horas anuales.
Hechos probados y valoración del tribunal
El juez Suárez señaló que la Fiscalía demostró el delito más allá de toda duda razonable. El tribunal estableció que la patrulla se desvió de su ruta asignada y omitió protocolos, como informar al ECU 911 y entregar a los menores a la Policía Nacional.
La resolución indicó que la patrulla actuó con unidad de acción, utilizando su superioridad numérica y el porte de armas oficiales para generar indefensión. El tribunal también ordenó la rectificación pública de versiones que estigmatizaron a las víctimas y aclaró que fueron víctimas inocentes de un crimen de Estado.
Finalmente, el tribunal ratificó el estado de inocencia del teniente coronel Juan Francisco I. M. y dispuso el levantamiento de todas las medidas cautelares en su contra. La sentencia escrita será notificada para que las partes interpongan los recursos legales previstos.


