El Gobierno Nacional ratificó el cronograma oficial de los feriados en Ecuador 2026 para fomentar la planificación ciudadana y el turismo interno.
Las autoridades establecen doce jornadas de descanso obligatorio que rigen para los sectores público y privado bajo estrictas normativas de cumplimiento legal. Actualmente, las familias ecuatorianas organizan sus agendas personales considerando las fechas inamovibles y los traslados que dispone la legislación vigente para este nuevo periodo.
Asimismo, el Ministerio de Turismo proyecta una movilización masiva de viajeros hacia los principales destinos nacionales durante las jornadas festivas que establece el Estado.
Cronograma oficial de feriados en Ecuador 2026 y traslados de fechas
El calendario de feriados en Ecuador 2026 inicia con el asueto de Año Nuevo el jueves 1 de enero, que se extiende al viernes 2 y hasta el domingo 4, gracias al puente decretado por el presidente Daniel Noboa (Decreto Ejecutivo 249).
Posteriormente, los ciudadanos disfrutarán de los feriados en Ecuador 2026 correspondientes al Carnaval durante los días lunes 16 y martes 17 de febrero respectivamente., constituyendo uno de los descansos más extensos. En consecuencia, estos días permiten que los destinos costeros y de la sierra central reciban miles de visitantes que dinamizan el comercio minorista nacional.
Adicionalmente, el Viernes Santo corresponde al 3 de abril, mientras que el Día del Trabajo se celebra el viernes 1 de mayo respectivamente. Igualmente, la Batalla de Pichincha se traslada al lunes 25 de mayo para generar un fin de semana prolongado de tres días de descanso.
Esta rotación obedece a la Ley de Feriados que busca fomentar el turismo interno mediante la creación de fines de semana prolongados.
Feriados en Ecuador 2026: fechas de independencia y celebraciones de fin de año
En el segundo semestre, el Primer Grito de Independencia genera un descanso obligatorio el lunes 10 de agosto para toda la nación ecuatoriana. Luego, la Independencia de Guayaquil aporta un feriado el viernes 9 de octubre, permitiendo un nuevo puente festivo para los trabajadores de diversos sectores. Mientras tanto, el mes de noviembre concentra dos celebraciones fundamentales que atraen la atención de la ciudadanía por su profundo significado cultural histórico.
Específicamente, el Día de los Difuntos y la Independencia de Cuenca se celebrarán el lunes 2 y martes 3 de noviembre de 2026. Finalmente, el calendario oficial de feriados en Ecuador 2026 cierra con la festividad de Navidad, la cual caerá el viernes 25 de diciembre.
Tabla comparativa de los feriados nacionales
La siguiente tabla resume las fechas clave de los feriados en Ecuador 2025 y 2026, destacando los días en los que se aplicará el descanso obligatorio:
| Festividad Nacional | Feriado 2025 (Fecha oficial) | Feriado 2026 (Fecha oficial) | Observación clave |
| Año Nuevo | Miércoles 1 de enero | Jueves 1 y viernes 2 de enero | Puente largo en 2026 |
| Carnaval | Lunes 3 y martes 4 de marzo | Lunes 16 y martes 17 de febrero | Fecha de relax total |
| Viernes Santo | Viernes 18 de abril | Viernes 3 de abril | Tradición inamovible |
| Día del Trabajo | Viernes 2 de mayo | Viernes 1 de mayo | Traslado legal aplicado |
| Batalla de Pichincha | Viernes 23 de mayo | Lunes 25 de mayo | Puentes de 3 días |
| Primer Grito Independencia | Lunes 11 de agosto | Lunes 10 de agosto | Conmemoración patriótica |
| Independencia Guayaquil | Viernes 10 de octubre | Viernes 9 de octubre | Descanso regionalizado |
| Difuntos y Cuenca | Lunes 3 y martes 4 de noviembre | Lunes 2 y martes 3 de noviembre | Feriado largo de 4 días |
| Navidad | Jueves 25 de diciembre | Viernes 25 de diciembre | Cierre de año fiscal |
Lo que detalla el Decreto 249 del presidente Daniel Noboa
El Decreto Ejecutivo 249, suscrito por el presidente Daniel Noboa el 17 de diciembre de 2025, es el documento oficial que establece la suspensión de la jornada laboral en todo el territorio ecuatoriano para el viernes 2 de enero de 2026.
Este decreto es fundamental para la planificación del nuevo año, y sus puntos principales son los siguientes:
1. Suspensión de la jornada laboral
El artículo principal del decreto dispone la suspensión del trabajo en todo el país, tanto para el sector público como para el privado, durante el viernes 2 de enero de 2026. El objetivo de esta medida es unir este día al feriado nacional del 1 de enero (Año Nuevo), creando así un puente vacacional de cuatro días consecutivos (del jueves 1 al domingo 4 de enero).
2. Carácter no recuperable
Una de las aclaraciones más importantes del documento es que esta jornada suspendida tiene carácter de no recuperable. Esto significa que los trabajadores no están obligados a reponer esas horas de trabajo en días posteriores ni se les puede descontar de su salario o vacaciones.
3. Garantía de servicios básicos
El decreto establece que, a pesar del descanso, se debe garantizar la provisión de los servicios públicos esenciales. Esto incluye:
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Agua potable y energía eléctrica.
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Servicios de salud y atención de emergencias (bomberos).
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Terminales aéreas, terrestres y fluviales.
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Servicios bancarios y financieros básicos.
4. Pago por trabajo en feriado
Al ser declarado un día de descanso obligatorio no recuperable, aquellas personas que por la naturaleza de su trabajo deban laborar ese día, tienen derecho a percibir el pago de sus horas con el 100% de recargo (pago doble), tal como establece el Código del Trabajo para los días feriados.
