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Tribunal Electoral archiva recursos de RC por elecciones


06 de abril de 2026 • 21:55

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Noemí Moreira

Noemí Moreira

Redacción ED.

El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Joaquín Viteri, inadmitió y archivó dos recursos subjetivos contenciosos electorales. Estos fueron interpuestos contra la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) que adelantó las elecciones seccionales y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) del 14 de febrero de 2027 al 29 de noviembre de 2026.

Las acciones fueron presentadas por la presidenta del movimiento Revolución Ciudadana (RC), Gabriela Rivadeneira, junto al abogado Gabriel Rivera López, y por el ciudadano Pablo Ricaurte Altamirano, presidente nacional del movimiento L.I.D.E.R. En el recurso impulsado por Revolución Ciudadana, el magistrado Viteri determinó que la organización política se encuentra suspendida en sus derechos, lo que le impide contar con legitimación activa para interponer la acción.

Respecto a la demanda de Pablo Ricaurte Altamirano, el juez indicó que el accionante no acreditó de forma adecuada su calidad de representante legal del movimiento L.I.D.E.R., al no presentar documentación emitida o reconocida por el órgano competente.  

Inadmisión de recursos por falta de legitimación y representación legal  

El juez Viteri añadió que tanto el escrito de aclaración y complemento como el libelo inicial carecen de la firma del abogado patrocinador, incumpliendo las formalidades requeridas para actuar válidamente ante la jurisdicción electoral.

Por estas razones, ordenó el archivo definitivo de ambas causas al verificar que no se subsanaron las deficiencias dentro del plazo establecido. De manera paralela, el juez Juan Patricio Maldonado admitió a trámite el recurso interpuesto por el Partido Social Cristiano (PSC) contra la misma resolución del CNE. 

Admisión del recurso del PSC contra la modificación del calendario  

La acción pretende dejar sin efecto la modificación del calendario electoral, que el PSC considera contraria al Código de la Democracia. Alfredo Serrano, presidente del partido, ha señalado que la decisión del organismo electoral resulta inconstitucional e ilegal.

La resolución del CNE que modificó la fecha se adoptó el 27 de marzo de 2026 con los votos de los consejeros José Cabrera, Esthela Acero, Enrique Pita (vicepresidente) y Diana Atamaint (presidenta).  

Fundamento técnico del CNE para adelantar las elecciones  

El cambio se sustentó en un informe técnico conjunto del Instituto Nacional de Hidrología y Meteorología (Inamhi) y la Secretaría Nacional de Riesgos, que alertó sobre la probable ocurrencia de un fenómeno climático en el primer trimestre de 2027 que podría impedir la normal concurrencia del electorado a las urnas.

Con la nueva fecha, el 29 de noviembre de 2026 se realizarán las elecciones para alcaldes, prefectos, vocales de juntas parroquiales y consejeros del CPCCS. El CNE justificó el ajuste con el objetivo de garantizar el ejercicio del sufragio en condiciones seguras y evitar riesgos derivados del pronóstico meteorológico.  

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